El autónomo que trabaje en casa se podrá desgravar el 30% de los gastos de agua, luz, teléfono o gas

Hoy jueves 29 de junio se aprobará la norma que modifica el trabajo autónomo.

Al final, las negociaciones han construido una normativa que supera en mucho las expectativas creadas hasta el momento.

A las ya conocidas como la ampliación de la Tarifa Plana de 6 a 12 meses o su aplicación a la vuelta de una baja por maternidad, las novedades en materia de bonificaciones por la contratación de familiares o la cotización de los autónomos societarios, se unen tres importantes cambios.

Desgravación de los suministros de la vivienda en el caso de que esta sea el centro de trabajo

Hasta ahora, Hacienda consideraba imposible saber qué parte de los suministros de una vivienda estaban destinados al ejercicio profesional. Sin embargo, una sentencia del TEAC dejó claro que ese derecho a la deducción existe.

Esto quedó ahí, entre los que negaban esa posibilidad y los que protestaban porque si tenían teléfono fijo, adsl o encendían la calefacción por la mañana en casa era para trabajar, exclusivamente.

Ahora queda claro el porcentaje: el 30% de los suministros de la vivienda se podrán desgravar de los beneficios de la actividad.

Se cae de la norma el 50% de los costes de carburante que se quedan, por el momento, el limbo legal de tener que justificar la necesidad en una posible inspección.

Deducción de hasta 26,67€ al día en dietas

Que podrán ser de hasta 48,08€ diarios si se encuentra en el extranjero. La cifra no sale de la nada sino que es la contemplada en la normativa del IRPF para trabajadores en el Régimen General que tienen cubiertos esos gastos de manutención por sus empresas.

Eso sí, los pagos deberán ser realizados por algún medio telemático (tarjeta) que sea rastreable por la AEAT.

Ayudas al acceso a Formación

Se acabaron las llamadas que ofrecían cursos gratuitos para empleados y que se morían a aparecer la palabra «autónomo».

Los profesionales podrán (podremos) acceder a cursos específicos que ayuden a la mejora de la competitividad y garanticen la formación continua.

El resto de medidas aprobadas

  • Cambiar hasta 4 veces en el mismo año la base de cotización
  • Altas y bajas por día y no por mes: sólo se cotiza por el tiempo que duró el trabajo
  • Exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes
  • Compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión
  • Reducción los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad
  • Devolución del exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla
  • Se reconoce el accidente in-itenere

Podemos decir (y, de hecho, lo decimos) que se queda corto. Pero no se puede andar el camino en un sólo paso. Habrá que dar muchos más.

Eso sí: hay que reconocer que este paso es muy importante.

¿Alguna duda? Si crees que es una duda de caracter personal, puedes utilizar nuestro formulario de contacto y si es de carácter general y puede interesar a más gente, te invitamos a dejar un comentario.

Share your thoughts