La reforma fiscal dispara el IRPF a los que vendan una vivienda

Ambos cambios forman parte de la «letra pequeña» de la reforma fiscal. A partir del 2015, la plusvalía generada por la venta de la vivienda habitual será lo que resulte de restar al precio de venta el precio de la compra; sin más deducciones, ni por envejecimiento ni por la amortización. Esa base imponible tributará al tipo del ahorro, que será de entre el 20 y el 24% en 2015 y un punto menos a partir de 2016.

Los coeficientes de abatimiento eran para viviendas compradas antes de 1993 y se utilizaban para «minorar» la plusvalía en base al envejecimiento del bien. Hasta la reforma fiscal de 1996, esa plusvalía se minoraba en más de un 11% por cada año que excedía de 2… de manera que a partir de los 12 años de la compra, no tributaba. En la anterior reforma fiscal, los coficientes de abatimiento se dejaban sólo para los inmuebles adquiridos antes de 1993; con lo que la venta de la vivienda no tributaba en el IRPF.

Los coeficientes de actualización se publicaban en los Presupuestos Generales del Estado cada año y venían a ser un complemento de los anteriores en función de la inflacción: el aumento del coste de la vida.

Con esta reforma fiscal, el caso sólo se mantiene para la vivienda habitual cuya venta se invierta en una nueva vivienda habitual. En este caso, la plusvalía seguirá exenta de tributar por el IRPF.

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