Planes de Pensiones

Con los Planes de Pensiones, como con cualquier vehículo de inversión, hay que trabajar sobre mucha información sobre el inversor y atendiendo a las peculiariedades de cada producto.

Hasta 2025 (se espera) no habrá Planes de Pensiones con un nivel de liquidez similar a los Fondos de Inversión. La Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones está trabajando con el Ministerio de Economía en encontrar una solución normativa para ello.

Para los «cuarentones» el 2025 está ahí al lado y para los treintañeros aviso: si os dais la vuelta se os pasa de largo. Para la gente de más edad, esto es algo que está por venir pero que quizás ya no lo vean. El caso es que el principal escollo para invertir en este tipo de producto es que el dinero invertido allí no se puede tocar en años salvo ciertas excepciones:

  • Jubilación: alcanzar la edad para jubilarse
  • Fallecimiento: esto será para los herederos
  • Invalidez o Dependencia Severa
  • Supuestos Excepcionales de Liquidez
    • Que los fondos a rescatar hayan sido depositados hace más de 10 años
    • Desempleo de larga duración
    • Enfermedad grave

Visto esto y unido a lo anterior, no es de extrañar esa cifra alarmante que actualmente estén suscritos más de 8 millones de Planes de Pensiones pero las aportaciones apenas suponen un 8% del PIB cuando la media europea está en el 35%.

Sin embargo, para ciertos tramos de renta no es un mal producto; pues la aportación a estos Planes de Pensiones permite deducir de la base imponible la totalidad de la aportación hasta los 5.000€ por aportaciones personales, los 8.000€ para las contribuciones empresariales y 12.000€ para la suma de ambas.

Esto, al ser la renta una fórmula progresiva, beneficia a los tramos de renta más altos; pudiéndose deducir un trabajador que cobre 42.000€ brutos anuales hasta 4.200€ (un 35% de esos 12.000€) de la declaración de 2017 que se liquidará en junio de 2018.

Elegir uno u otro Plan, como decíamos, exige conocimientos sólidos de estos vehículos de inversión y de la situación y posibilidades del trabajador. No es sólo ver si las comisiones que cobra (normalmente son de 2 tipos: una anualidad por gestión y una cifra por depósito) son mayores o menores en comparación con el resto del mercado, que en el contrato que se firma indique claramente que estas comisiones no van a variar; el perfil de la cartera en la que la entidad va a invertir ese dinero, más arriesgada o más conservadora.

Como siempre decimos, consulte a un asesor que para eso está. Si somos nosotros encantados de recibirle.

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